A partir de un trabajo articulado entre la cartera sanitaria nacional y las organizaciones civiles vinculadas al Consejo Consultivo Honorario del Programa se aprob贸 el nuevo Consentimiento Informado Bilateral y se establecieron nuevos rangos permitidos para el cultivo controlado de cannabis sativa.
A trav茅s de la Resoluci贸n ministerial 782/2022 publicada en el Bolet铆n Oficial, el Ministerio de Salud de la Naci贸n estableci贸 nuevas condiciones para el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) que ampl铆an los rangos permitidos para el cultivo controlado y simplifica el acceso de los pacientes a tratamientos con fines medicinales, terap茅uticos y paliativos.
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芦Este trabajo es el resultado de un proceso de evaluaci贸n articulado del que participaron autoridades del Ministerio de Salud de la Naci贸n, los miembros del Consejo Consultivo Honorario del Programa y referentes de las organizaciones no gubernamentales representantes de la sociedad civil禄, afirm贸 el coordinador del Programa Nacional para el Estudio y la Investigaci贸n del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales, Marcelo Morante.
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Respecto de la ampliaci贸n de los rangos permitidos para el cultivo controlado de cannabis sativa, la resoluci贸n incorpora la opci贸n de cultivar en el exterior y hasta 15 metros cuadrados. Anteriormente, solo se permit铆a la realizaci贸n en el interior.
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Por su parte, se presenta tambi茅n el nuevo Consentimiento Informado Bilateral, una herramienta que simplifica la vinculaci贸n entre el m茅dico y el paciente al reducir los pasos para garantizar el acceso a los tratamientos de los usuarios de cannabis con fines medicinales, terap茅uticos y paliativos.
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Finalmente, la resoluci贸n incorpora al circuito a las organizaciones civiles debidamente registradas en el Misterio de Salud, ya que las autoriza a cultivar para provisi贸n de un paciente registrado. En ese sentido, establece un m谩ximo de 150 personas que pueden ser abastecidas por cada ONG registrada.
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El resto de los par谩metros para el cultivo controlado siguen sin modificaciones, por lo que la cantidad de plantas florecidas ser谩 de 1 a 9 por persona y la cantidad de espacio para cultivo interior se ubica en hasta 6 metros cuadrados. En referencia al transporte, las cantidades por persona podr谩n ser entre 1 y 6 frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores.
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El REPROCANN es una base de datos dise帽ada para poder registrar a aquellas personas que cuenten con las condiciones para acceder a un cultivo controlado de la planta de Cannabis, con fines de tratamiento medicinal, terap茅utico y/o paliativo del dolor. La inscripci贸n concluye con la extensi贸n de un certificado de cultivo autorizado por el Ministerio de Salud de la Naci贸n.
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Puede inscribirse toda persona que cuente con indicaci贸n m茅dica y haya firmado el consentimiento informado correspondiente. Se admiten registro a tr谩mite personal, o a trav茅s de un familiar, o una tercera persona u organizaci贸n civil autorizada por la Autoridad de Aplicaci贸n.