Ser谩 necesario presentar la documentaci贸n que acredite el viaje, cumplir con un intervalo m铆nimo de cuatro semanas desde la aplicaci贸n de la 煤ltima dosis y firmar un consentimiento informado.
Ante la postergaci贸n de la inspecci贸n de la Organizaci贸n Mundial de la Salud (OMS) para evaluar la inclusi贸n de Sputnik V en su lista de vacunas contra la COVID-19 para uso en emergencias, el Ministerio de Salud de la Naci贸n habilita a las jurisdicciones a aplicar por motivo de viaje la dosis requerida a quienes hayan recibido previamente Sputnik V.
En este contexto y a partir de la demanda de la sociedad al acceso a un esquema completo con vacunas autorizadas por la OMS a los fines de poder viajar a los pa铆ses que as铆 lo solicitan, se habilita a las jurisdicciones la posibilidad de suministrar la dosis requerida.
La aplicaci贸n de estas dosis estar谩 sujeta a las particularidades de quien la solicite, en funci贸n de su estado de salud y de haber cumplido con un intervalo m铆nimo de cuatro semanas desde la aplicaci贸n de la 煤ltima dosis. Dado que esta vacunaci贸n responde a una decisi贸n personal, deber谩 existir una constataci贸n fehaciente del viaje y la firma de un consentimiento informado donde se explicite las condiciones enumeradas.
El Ministerio de Salud de la Naci贸n habilita esta posibilidad a partir de que Argentina cuenta con las dosis necesarias para iniciar, completar esquemas y aplicar dosis de refuerzos en toda su poblaci贸n objetivo.